Preguntas frecuentes

Divorcio o separación

¿Puedo pedir directamente el divorcio sin interponer previamente demanda de separación?

Sí. Con la aprovación de la Lei 15/2005 de 8 de julio desaparece el requisito previo de la separación y, por tanto, se puede solicitar el divorcio sin la separación previa. Puede solicitarse transcurridos tres meses desde la celebración de la boda.

¿Qué pensión de alimentos debo pagar para mi hijo/a?

El Consejo General del Poder Judicial ha elaborado unas tablas orientativas para determinar las pensiones de alimentos de los hijos en los procesos de familia. Estas tablas no serán de obligado cumplimiento para los jueces, sino que tienen simplemente una función orientativa.

Si quiero divorciarme, ¿debo contratar obligatoriamente a un abogado?

Sí. En caso de divorcio o separación, la ley exige la intervención de un abogado en todos los casos. Es importante señalar que en los casos de divorcio contencioso, es obligatorio que cada cónyuge tenga un abogado diferente, para que puedan representar los intereses de sus clientes con independencia. No es así en los casos de divorcio de mutuo acuerdo, en los que es posible que los dos cónyuges compartan un mismo abogado para reducir costes.

Mi pareja no quiere que nos separemos pero yo sí. ¿Es posible el divorcio en este caso?

Sí lo es. Es suficiente con que uno de los cónyuges lo solicite para que el juez autorice la separación o divorcio, sin tener que dar explicación o presentar una causa que motive la decisión.

¿Es lo mismo separación y divorcio?

Aunque se suelen usar los dos términos como sinónimos, son conceptos diferentes. La principal característica que los distingue es que mientras la separación no rompe el vínculo matrimonial, el divorcio sí que provoca la extinción de dicho vínculo, permitiendo así a los cónyuges que contraigan nuevamente matrimonio. Eso sí, en ambos casos, se habilita que los cónyuges puedan vivir de forma separada y cesa la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge.

¿Cuánto tiempo hay que estar casado para poder separarse o divorciarse?

Al menos tres meses desde la fecha de la boda, salvo que se acredite la existencia de riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual de la persona solicitante o de sus hijos.

¿Hay diferentes tipos de divorcio?

Sí, hay dos tipos de divorcio, en función de la modalidad procesal que escojan los afectados: el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso. El divorcio de mutuo acuerdo, com su propio nombre indica, es aquel en el que las dos partes están de acuerdo en los términos del divorcio (pueden compartir abogado); solamente implica la firma del documento legal llamado convenio regulador y, por tanto, no implica juicio. Por contra, en el divordio contencioso se debe celebrar un juicio, donde se dirimirán las cuestiones en las cuales los cónyuges no están de acuerdo, y cada una de las partes debará ser asistida por un abogado propio.

¿Qué es el divorcio notarial?

El divorcio delante de notario es el método más rápido para obtener el divorcio sin tener que acudir a los tribunales.

Conseguir un divorcio notarial en un corto período de tiempo es legítimamente posible gracias a la introducción de la Lei 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, donde se señala que existe la posibilidad de divorciarse de mutuo acuerdo en la notaría siempre que se cumplan las condiciones establecidas legalmente.

Requisitos para divorciarse delante de notario:

  • Que sea un divorcio de mutuo acuerdo
  • Que hayan pasado tres meses desde el enlace
  • Que no haya hijos menores no emancipados o incapacitados que dependan de los padres
  • Que la escritura exprese la voluntad inequívoca de los dos cónyuges de divorciarse
  • Que la mujer no esté embarazada al solicitar el divorcio
  • Que junto a los cónyuges asista un letrado, que será en encargado de redactar el convenio de divorcio

¿Qué documentación se debe presentar?

  • Documento Nacional de Identidad de los cónyuges e hijos mayores de edad o menores emancipados
  • Copia del libro de familia
  • Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad
  • Certificado de empadronamiento
  • Documentación y DNI acreditativo del abogado
  • Propuesta del covenio regulador, redactado por su abogado
¿Es cierto que si la guarda y custodia es compartida no se ha de pagar la pensión de alimentos para los hijos?

No es cierto. La cuantía de la pensión de alimentos dependerá de los ingresos de los progenitores. Si uno de los progenitores no tiene ingresos o son muy inferiores a los del otro, aunque la guardia y custodia sea compartida, el progenitor que tiene mayores ingresos deberá pagar una pensión de alimentos que cubra los gastos de los menores.

¿Me puedo volver a casar si me separo legalmente?

No, únicamente si hay divorcio. La separación únicamente suspende la vida en común.

¿Y si me divorcio?

Sí, el divorcio extingue el vínculo matrimonial. Una vez la sentencia es firme, el juzgado comunica al Registro Civil que el matrimonio ha quedado disuelto, y los dos miembros de la pareja ya se pueden volver a casar.

¿Puedo reconciliarme durante la tramitación del procedimiento de separación o divorcio?

Sí, siempre que sea durante la tramitación y antes de que se dicte sentencia.

¿Y una vez dictada la sentencia?

La separación sí que admite la reconciliación, pero el divorcio, no, ya que extingue el vínculo matrimonial. En todo caso, los afectados se pueden volver a casar.

¿Qué pasa si uno de los cónyuges no ratifica el convenio de divorcio en sede judicial?

Se acordará el archivo de las actuaciones a no ser que, por causa justificada de incomparecencia, el juez, a su criterio, señale un nuevo día. En caso contrario, se deberá promover un nuevo proceso, en este caso contencioso, o volver a presentar la demanda.

¿Cuánto tiempo se necesita para obtener la sentencia de separación o divorcio desde que se interpone la demanda?

Aproximadamente 1 o 2 meses, si no hay hijos. Si hay hijos, de 2 a 3 meses, ya que se requiere la conformidad del fiscal, que vela por los intereses de los menores, y siempre dependiendo de la saturación de los juzgados.

¿Se pueden establecer pensiones de alimentos para hijos mayores de edad que convivan con los padres?

Sí. Mientras los hijos no sean económicamente independientes o tengan posibilidad de serlo, los padres tienen la obligación de alimentarlos.

¿En caso de modificación de una Sentencia de divorcio que juzgado será el competente?

En estos procedimientos lo será el mismo que dictó la sentencia que se pretende modificar.

Testamento

¿Cómo se sabe si alguien ha hecho testamento?

De todos los testamentos hechos notarialmente se deja constancia por parte del notario actuando en el registro general de actos de última voluntad. Una vez la persona ha muerto, con la certificación de defunción, se pide el certificado de últimas voluntades, que recoge todos los testamentos que haya hecho la persona. También constará si la persona muerta no ha otorgado testamento, y en este caso, queda abierta la vía de la declaración de herederos ab intestato. El registro de últimas voluntades es público.

El notario, cuando muere una persona que ha hecho testamento, ¿tiene la obligación de llamar a los herederos para leer el testamento?

No. Esto únicamente pasa en las películas americanas. Ni en Cataluña ni en el resto del Estado español, el notario no tiene ninguna obligación de comunicar la muerte de la persona (de hecho no sabrá que ha muerto) ni de hacer una llamada a sus herederos; será la persona interesada la que deberá hacer los trámites a través del certificado de últimas voluntades.

¿Cuánto es la legítima?

La cuantía de la legítima es la cuarta parte de la cantidad base que resulta de aplicar les siguientes reglas:

  • Se parte del valor que los bienes de la herencia tienen en el momento de la muerte del o la causante, con la deducción de las deudas y gastos de la última enfermedad y del entierro o la incineración.
  • Al valor líquido que resulta de aplicar la regla de la letra A, se debe añadir el de bienes dados o alienados por otro título gratuito por el causante en los diez años precedentes a la muerte, excluídas las liberalidades de uso. El valor de los bienes que han sido objeto de donaciones imputables a la legítima se debe computar, en todo caso, con independencia de la fecha de la donación.
  • El valor de los bienes objeto de las donaciones o de otros actos dispositivos computables es el que tienen en el momento de morir el causante, con la deducción de los gastos útiles sobre los bienes dados costeados para el donante i del importe de los gastos extraordinarios de conservación o reparación, no causadas por su culpa, que él haya sufragado. En cambio, se debe añadir al valor de estos bienes la estimación de los deterioros originados por culpa del donante que puedan haber provocado una pérdida del valor.

Si el donante ha alienado los bienes dados o si los bienes se han perdido por culpa del donante, se añade, al valor líquido que resulta de aplicar la regla de la letra A, el valor que tienen o habrían tenido en el momento de la muerte del causante.

¿Quién tiene derecho a la legítima?

Son legitimarios todos los hijos del o la causante por partes iguales. Si alguno de ellos muere antes que el testador es desheredado, declarado indigno o ausente, corresponde a sus descendientes. Si el o la causante no tiene descendencia que haya sobrevivido, son legitimarios los progenitores por mitad.

Inmuebles

Tengo una vivienda alquilada y el arrendatario no paga. ¿Qué puedo hacer?

Delante de una situación de impago del alquiler, es importante actuar con la máxima celeridad e iniciar las acciones judiciales lo más rápidamente posible para recuperar la finca. Es suficiente con que haya un solo recibo impagado para iniciar el procedimiento de desahucio.

¿Qué debe hacer la comunidad de propietarios cuando algún vecino no paga las cuotas?

Cuando en una comunidad de propietarios hay algún vecino que no paga las cuotas, ya sean ordinarias o extraordinarias, lo primero que deben hacer los vecinos es aprobar la deuda existente en una junta, y acordar también el inicio de las acciones judiciales contra el vecino moroso. Una vez hechos estos trámites es podrá interponer una acción judicial más adecuada atendiendo al caso concreto.

Tráfico

Si he sufrido un acidente de circulación, ¿puedo desestimar al abogado de la compañía aseguradora?

Si la póliza de seguros cubre la defensa jurídica, el asegurado tiene derecho a designar libremente un abogado que defienda sus intereses en la reclamación de los daños sufridos a consecuencia de un accidente de circulación. La compañía aseguradora deberá asumir el coste de este letrado, según la garantía contratada.

Procurador/a

¿Qué es el procurador y qué función tiene?

El procurador/a es un licenciado/a en Derecho, que ostenta la representación de los ciudadanos delante de los juzgados. Está en contacto permanente con los jueces y los abogados. También es el nexo de unión entre el letrado y el juzgado.

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